Plan de Prevención

Plan de Prevención de riesgos laborales

La prevención de riesgos laborales, como actuación a desarrollar en el seno de la empresa, deberá integrarse en su sistema general de gestión, comprendiendo tanto al conjunto de las actividades como a todos sus niveles jerárquicos, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales.

El plan de prevención de riesgos laborales es la herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión y se establece su política de prevención de riesgos laborales. Un plan de prevención de riesgos laborales es un documento que, debidamente autorizado, establece y formaliza la política de prevención de una empresa, recoge la normativa, la reglamentación y los procedimientos operativos, definiendo los objetivos de la prevención y la asignación de responsabilidades y funciones a los distintos niveles jerárquicos de la empresa en lo que se refiere a la prevención de riesgos laborales.

El plan de prevención de riesgos laborales debe ser aprobado por la dirección de la empresa, asumido por toda su estructura organizativa, en particular por todos sus niveles jerárquicos, y conocido por todos sus trabajadores.

Fases de la implantación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales

  • A) Conocimiento de los requisitos legales.

El primero de los pasos de la empresa va a consistir en el conocimiento o recopilación de la normativa legal que le sea de aplicación. Esta normativa es muy amplia y profusa. Cualquier persona iniciada en la materia reconoce sin paliativos la dificultad que supone conocer esta legislación y mantenerla actualizada, hasta el punto de que no son infrecuentes los servicios de actualización legislativa “bajo suscripción” o modalidades similares. Al fin y al cabo, no hay que olvidar que el desconocimiento de la ley no es excusa para su incumplimiento.

Es necesario prioritariamente considerar:

• El ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales: Según la Ley 31/1995 de PRL, “(…) la normativa sobre PRL está constituida por dicha ley, sus disposiciones de desarrollo o complementarias y cuantas otras normas, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral (…)”.

• El ámbito de la Seguridad Industrial, con los numerosos reglamentos e instrucciones técnicas dedicadas a distintos tipos de instalaciones. En este ámbito, existen también normas técnicas UNE (de por sí voluntarias) que, por estar incorporadas a Reglamentos de seguridad industrial o a sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC), adquieren rango de obligado cumplimiento.

Sea cual sea el medio elegido, lo importante es la finalidad: que la empresa disponga de la legislación aplicable lo más actualizada posible. Una vez obtenida esta información, valiosa siquiera por lo trabajoso de conseguirla, lo recomendable es archivarla (bien electrónicamente o en papel) en un Manual de legislación” propio de la empresa.

  • B) Adopción de una modalidad organizativa previa

En estos momentos previos del desarrollo del Plan de PRL de la empresa se suelen plantear dos posibilidades:




·  Elegir desde el principio una de las citadas modalidades de organización preventiva, sin conocer si va a ser después la más adecuada a las actividades que haya que realizar.
·  Esperar a finalizar el diseño y desarrollo del Plan de PRL para, sabiendo qué actividades preventivas van a ser necesarias, se opte con más conocimiento por una modalidad organizativa adecuada a las mismas.

En principio se recomienda optar por la primera opción ya que muchas de las actividades que hay que realizar en esta primera fase solo pueden realizarse legalmente desde alguna de las modalidades establecidas en el reglamento.

La elección de alguna de las modalidades permitidas por la Ley de PRL y por el RD. 39/1997 no es una decisión que haya de ser perenne e inmutable. Más aún, debería ser variable con el tiempo y las circunstancias. Así, por ejemplo, podría optarse por elegir una modalidad preventiva para abordar las fases previas hasta la finalización del diseño del Plan de PRL (etapa que puede durar varios meses en empresas complejas) y, después, a la vista de las actividades que prescriba el Plan, optar por la modalidad preventiva que más se adecue, que no tiene por qué ser la misma por la que se optó en un principio.

  • C) Diagnóstico inicial de la situación preventiva en la empresa mediante: Recopilación de la documentación existente y análisis de la situación de partida.

Tras ya varios años desde la entrada en vigor de la Ley de PRL, muy escasas serán las empresas en las que no se haya realizado ninguna actividad preventiva.

Sí es todavía muy frecuente el caso de empresas que han realizado su actividades preventivas de forma desorganizada o no sistemática y posiblemente se conservará algún tipo de informe, documentación o registro de dichas actividades.

Igualmente, se dispondrá de cierto conocimiento de la normativa legal aplicable, de los resúmenes anuales de siniestralidad que suelen proporcionar las Mutuas y de otros documentos que muchas veces se archivan sin ser tenidos en cuenta ni obtener mayor utilidad de los mismos.

El objetivo de esta fase es recopilar la información, tal vez dispersa, de que disponga la empresa.

Es conveniente realizar una serie de observaciones:

• Se debe evitar el error de caer en el formalismo documental que frecuentemente se comete en el ámbito de la PRL.

• En el caso de que la modalidad de organización preventiva que tuviera adoptada previamente la empresa fuera la de concertación completa o total de la actividad preventiva con un Servicio de Prevención Ajeno (SPA), debería ser éste el que redactara y sometiera a la aprobación de la empresa el Plan de
PRL.

• La recopilación de datos se puede enfocar desde líneas u obligaciones administrativas, organizativas y técnicas.
• La situación varía sustancialmente y, como tal, favorece y facilita la implantación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, si la Empresa dispone ya de sistemas de gestión de la Calidad o del Medio Ambiente, por dos razones claras: la primera, porque la empresa y todo el personal de la misma estará familiarizado con los sistemas de gestión y, la segunda, porque dispondrá de documentos o procedimientos que pueden ser válidos para el Plan de PRL.

En todo caso, para elaborar un Plan de PRL no es requisito imprescindible que la empresa se haya certificado en Calidad y/o en Medio Ambiente, situación que será la más habitual en algunos sectores económicos como las Micropymes. Téngase en cuenta que, así como disponer de un Sistema de Gestión de Calidad y/o de Medioambiente es voluntario, el Plan de PRL es obligatorio y su no realización e implantación está tipificado como una infracción grave en la legislación del orden social (RD. Legislativo 5/2000 sobre infracciones y sanciones en el orden social, LISOS).

Con la recopilación de los datos, se puede llegar a efectuar un rápido análisis del estado de situación de la empresa en el ámbito de la PRL, con el objeto de lograr conocer dos aspectos fundamentales:

• El nivel de cumplimiento de la normativa por parte de la empresa.
• En función de ese nivel, completar o fortalecer aquellas áreas preventivas “débiles” en la empresa para poder implantar una gestión adecuada.

Aquí contáis con un ejemplo (plantilla) para elaborar un plan de prevención:
Plan de Prevención

Elementos del Plan de Prevención

Os propongo el siguiente documento para abarcar la sección de Plan de prevención: Elementos del plan de prevención

Acceso a más contenido en la sección de categorías y sus entradas Prevención de Riesgos Laborales

Puntúe el artículo

MaloPobreNormalBuenoExcelente (1 Votos, Promedio: 4,00 de 5)
Cargando...

El autor

Admin Gestion-Calidad.com

Consultor-Auditor en Sistemas Integrados de Gestión y Conformidad de Producción

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.