EMAS

Sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales

El 25 de noviembre del 2009 el parlamento Europeo y de Consejo publico el nuevo EMAS relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) no 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión

¿Qué es EMAS?

El Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (Eco-Management and Audit Scheme [EMAS]) es un sistema puesto a disposición de organizaciones que de forma voluntaria deseen:

  • Evaluar y mejorar su comportamiento medioambiental.
  • Difundir la información pertinente relacionada con su gestión medioambiental, al público y a otras partes interesadas. EMAS es símbolo de la gestión medioambiental moderna, de la transparencia y de la participación medioambiental, y está concebido como un sistema de mercado.

EMAS está gestionado por los Estados Miembros de la Unión Europea.
El objetivo específico de EMAS es promover la mejora continua del comportamiento medioambiental de las organizaciones mediante:

  • La implantación de Sistemas de Gestión Medioambiental.
  • La evaluación sistemática, objetiva y periódica del funcionamiento de los sistemas de gestión.
  • La difusión de la información sobre el comportamiento medioambiental de la organización.
  • El diálogo abierto con el público y otras partes interesadas.
  • La formación del personal de la organización, de forma profesional y permanente, que conlleve a la implicación activa en la mejora del comportamiento medioambiental.

¿Qué ventajas y beneficios ofrece la implantación y adhesión a EMAS?

            Las ventajas para las organizaciones participantes son fundamentalmente:




  • Una Gestión medioambiental de calidad.
  • Un Cumplimiento de la legislación medioambiental existente: favoreciendo la obtención de ayudas, permisos y licencias.

Pero aparte de estas ventajas, la adhesión al Reglamento EMAS conlleva una serie de beneficios asociados a la implantación de Sistemas de Gestión, que pueden agruparse en dos tipos:

  • Beneficios fácilmente cuantificables.
  • Beneficios sin costes asociados.

De entre los beneficios fácilmente cuantificables destacan, tras la experiencia adquirida en la implantación de Sistemas de Gestión en Centros Industriales, fundamentalmente la reducción de costes.

Esta reducción de costes se produce fundamentalmente gracias a:

  • Reducción de los consumos de recursos naturales (energía, agua y materias primas).
  • Minimización de los residuos generados.
  • Recuperación de subproductos, mediante el nuevo empleo en el proceso propio, o en otros procesos.

Sin embargo la mayor parte de los beneficios que una organización puede encontrar en la adhesión a EMAS, son difíciles de calcular y estimar por los procedimientos habituales, son los denominados beneficios sin costes asociados.

Estos beneficios intangibles suelen estar relacionados con:

  • Mejora de las relaciones con las autoridades, permitiendo acceder a subvenciones, ayudas fiscales, etc. y garantizando el cumplimiento con la legislación.
  • Ventajas competitivas: mejora la imagen de la organización de cara a clientes, accionistas, socios, etc.
  • Motivación de los empleados: aumento de la sensibilización y mayor formación e información de los trabajadores.
  • Nuevas oportunidades de negocio.
  • Mejora en las relaciones con los consumidores y aumento de la confianza del consumidor.
  • Ventajas en la contratación pública.
  • Puede vincularse a la normativa ambiental simplificando obligaciones o trámites administrativos.

¿Cuales son los requisitos para participar en EMAS?


Para que una organización pueda ser incluida en EMAS deberá:

  • Realizar un Análisis Medioambiental de sus actividades.
  • Implantar un Sistema de Gestión Medioambiental.
  • Realizar Auditorías Medioambientales.
  • Elaborar una Declaración Medioambiental
  • Hacer examinar el Análisis Medioambiental, el Sistema de Gestión Medioambiental, el Procedimiento de Auditoría y la Declaración Medioambiental y hacer validar la Declaración Medioambiental.
  • Presentar la Declaración validada a la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid y ponerla a disposición del público.

El cuadro muestra lo necesario, ajustándose a un sistema de gestión, donde tendrá su política ambiental, control de la documentación… Para ello vean:

Revisión ambiental
ISO 14001

Requisitos relativos a la auditoría medioambiental

            Para que una organización pueda ser incluida en EMAS, además de tener en cuenta los puntos comentados anteriormente debe realizar una auditoría medioambiental, con el fin de evaluar el comportamiento medioambiental de la organización.

Dentro del Sistema de Gestión Medioambiental deben incorporarse los requisitos de Auditoría que a continuación destacamos.

¿Qué es una auditoría medioambiental?

Un instrumento de gestión que comprende una evaluación sistemática, documentada, periódica y objetiva de la eficacia de la organización, el sistema de gestión y procedimientos destinados a la protección del medio ambiente.

¿Cuál es el objetivo de la auditoría medioambiental?

El objetivo de una auditoría es:

  • Facilitar el control, por parte de la Dirección, de las prácticas que puedan tener efectos sobre el medio ambiente.
  • Evaluar su adecuación a las políticas medioambientales de la empresa.

¿Qué requisitos generales debe cumplir la auditoría medioambiental?

  • La auditoría interna debe:

Garantizar que las actividades realizadas por la organización se llevan a cabo conforme a los procedimientos establecidos.

  • Identificar posibles problemas en los procedimientos y mejorarlos.
  • El alcance de la auditoría dependerá del tamaño y tipo de organización. Pero siempre se debe tener en cuenta que todas las actividades de la organización deben auditarse. (Para organizaciones de pequeño tamaño se puede realizar la auditoría de todas las actividades que desarrolla en una sola vez.).

La auditoría deben realizarla personas independientes de la actividad auditada, estas pueden ser de la propia organización o de organizaciones externas.

Declaración medioambiental

            Es un documento mediante el cual las organizaciones que implantan un Sistema de Gestión Medioambiental de acuerdo con el Reglamento EMAS, dan a conocer al público y a todas las partes interesadas información medioambiental de la organización al respecto de:

  • Impacto medioambiental causado.
  • Comportamiento medioambiental de la organización.
  • Mejora continúa del comportamiento al respecto del medio ambiente.

La información ha de presentarse de manera clara y coherente, y en forma impresa para que puedan ser accesibles a ella quienes no tengan otros medios de obtener dicha información.

Aunque esto no significa que la organización no pueda presentar la información por otros métodos tales como documentos en formato electrónico (p.e. páginas web), Constituye un instrumento de comunicación y diálogo con el público y otras partes interesadas acerca del comportamiento ambiental.

La verificación del sistema de gestión y validación de la declaración medioambiental la llevará a cabo necesariamente, de acuerdo con el Reglamento, una entidad o un verificador medioambiental acreditado.

Es fundamental reseñar que cualquier organismo verificador acreditado en cualquier Estado miembro de la UE puede ejercer sus funciones en todos los Estados miembros, con el único requisito de comunicar previamente su actuación a la entidad acreditadora del Estado donde actúe, indicando quién, cuándo y dónde se llevará a cabo la verificación, para que ésta pueda ejercer, si lo desea, el derecho de supervisión.

En la Comunidad de Madrid, el organismo de acreditación de Verificadores Medioambientales es la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

Los nombres de los verificadores acreditados pueden consultarse en la dirección de Internet:
http//.www.enac.es

Descárguese el Reglamento EMAS.

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El autor

Admin Gestion-Calidad.com

Consultor-Auditor en Sistemas Integrados de Gestión y Conformidad de Producción

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