EPIs
Los tienen por objeto proteger al trabajador frente a agresiones externas de tipo físico, químico o biológico, que existen y se generan en el desempeño de una actividad laboral determinada.
Son la última barrera entre el hombre y el riesgo, empleados frente a situaciones de riesgo que atentan contra la salud del trabajador, nunca se deben considerar como una solución definitiva y su misión es permitir realizar el trabajo, disminuyendo sus consecuencias, como medida transitoria hasta que se solucione el problema que genera dicho riesgo.
Implantación del uso de los EPIs
Antes de implantar un Equipo de protección individual como medida de protección frente a una determinada situación de riesgo, se deben analizar una serie de aspectos con el fin de que la adecuación de la medida de protección sea la más correcta posible. Entre los aspectos a analizar cabe destacar los siguientes:
Necesidad de Uso
Se deberá estudiar en primer lugar la posibilidad de eliminar la situación de riesgo mediante el empleo de técnicas de protección colectiva. La necesidad de acudir a los EPIs. Como medida de protección frente a una situación de riesgo viene determinada por una serie de condicionamientos de tipo técnico y económico.
Como condicionamientos de tipo técnico hay que señalar:
* La imposibilidad de instalar protección colectiva.
* La existencia de un riesgo residual tras haber instalado una protección colectiva.
En cuanto a los condicionamientos de tipo económico, hay que citar:
* Elevado costo de la instalación de protección colectiva en situaciones de riesgo que se presentan muy ocasionalmente o en situaciones de riesgo de escasa entidad, siempre que en ambos casos pueda alcanzarse un grado de protección óptimo con el empleo de equipos de protección individual.
* Repercusión de la protección colectiva en el ritmo de producción.
Selección del equipo de protección individual
Toda decisión por la cual determinadas situaciones de riesgo se protegen con protecciones individuales, deberá tener en cuenta para su elección los siguientes factores.
* Grado necesario de protección que precisa una situación de riesgo.
* Grado de protección que ofrece el equipo frente a esa situación.
* Evitar que el equipo de protección individual interfiera en el proceso productivo.
* Contemplarla posible coexistencia de riesgos simultáneos.
El equipo de protección individual elegido debe contemplar todas estas exigencias y adecuarse a las mismas. Es así mismo recomendable que una vez seleccionados los equipos idóneos, los trabajadores también participen en la selección final.
Convencimiento a la Dirección y al usuario de su empleo
Una vez vistos y seleccionados los equipos de protección individual necesarios, deberá convencerse a la Dirección de la necesidad de su implantación, y al usuario de los mismos, sobre la necesidad de su utilización.
Como argumentos a tener presentes frente a una Dirección de la Empresa Técnica a implantar equipos de protección individual, se podrán argumentar los siguientes:
* Naturaleza y magnitud del riesgo a cubrir.
* Costos directos e indirectos que llevan aparejados los accidentes.
* Legislación, en su doble vertiente, de sanciones por infracciones y responsabilidades legales, incluso de tipo penal, por falta de medidas de seguridad en la aparición de accidentes de trabajo.
En cuanto al convencimiento del usuario sobre la necesidad de utilización de los equipos de protección individual, deberá estar dentro del ámbito de un plan de formación e interacción sobre los riesgos a que se encuentra expuesto en su trabajo y la necesidad del empleo de equipos de protección para eliminar o disminuir sus consecuencias.
Normalización del uso de las protecciones individuales
Una vez seleccionados los equipos más adecuados con la participación de los trabajadores y aceptado su uso, es recomendable la elaboración de unas normas internas que regulen su utilización en los puestos de trabajo afectados.
Distribución de los equipos de Protección individual
Los equipos de protección individual deben ser de uso individual, siendo avalados por razones de orden jurídico e higiénico. Además, otras razones que vienen a realzar y reafirmar la necesidad de su uso individual, son las siguientes:
* Los equipos de protección individual para ser eficaces se deben ajustar a las características anatómicas del usuario.
*Cada usuario debe ser instruido sobre las características de los equipos que se le entregan, de sus posibilidades y de sus limitaciones. Tal normativa deberá darse por escrito.
*Responsabilización de cada usuario sobre el mantenimiento y conservación del equipo que se le entrega, lo cual sólo es posible si la asignación de los equipos es personalizada y se establece un sistema de seguimiento y control.
De acuerdo a lo establecido en el R. D. 773/97 y como obligaciones del empresario se encuentran la información y la formación.
Respecto a la información; ésta deberá ser:
-Previa al uso y frente a los riesgos que protege.
-Indicar las actividades u ocasiones en que debe utilizarse.
-Instrucciones preferentemente escritas sobre forma de utilizarlas y mantenerlas.
– Poner a disposición de los trabajadores el manual de instrucciones del fabricante.
Siempre toda esta información de forma sencilla y comprensible.
Sobre la formación el empresario está obligado a garantizar la formación para su uso correcto y cuando la utilización de los EPIs sea compleja o bien por la necesidad de utilizar más de un EPIs al mismo tiempo organizará sesiones de entrenamiento específicas.
Serán obligaciones de los trabajadores como indica el R. D. 773/97 las siguientes: Con arreglo a su formación siguiendo las instrucciones del empresario deberá:
– Utilizar y cuidar correctamente los EPIs
– Colocar el EPIs después de su utilización en el lugar indicado.
– Informar a su superior directo de los defectos, anomalías o daño apreciado en el EPIs que, a su juicio, pueda entrañar una pérdida de su eficacia protectora.
Supervisión
La intervención del Servicio Técnico de Seguridad en todo proceso, desde la elección a la correcta utilización o conservación es imprescindible de cara a conseguir resultados óptimos del equipo necesario frente a una situación de riesgo.
En particular, el Servicio de Seguridad deberá:
* Conocer los problemas que se presentan en el uso de los EPIs
* Conocer la forma correcta de utilización.
* Preocuparse de que son utilizados, sin excepción alguna, en las zonas de uso obligado.
Calificación de los equipos de protección individual
Se pueden emplear diversos criterios a la hora de clasificar los equipos de protección individual, ahora bien, dado que cada riesgo tiene unas características particulares de presentarse, incidiendo concretamente sobre una determinada parte del cuerpo, es este el criterio más generalizado, y que permite distinguir dos grandes grupos – medios parciales de protección y medios integrales de protección, el R. D. 773/97 a los últimos los denomina de protección total del cuerpo.
MEDIOS PARCIALES DE PROTECCION
Son aquellos que protegen al individuo frente a riesgos que actúan preferentemente sobre partes o zonas concretas del cuerpo. En ellas distinguiremos:
- Protectores de la cabeza
- Protectores de los ojos y de la cara
- Protectores del oído
- Protectores de manos y brazos, las cuales pueden verse sometidas a riesgos mecánicos, eléctricos, químicos, térmicos, etc.
- Protección de pies y piernas, que pueden ser sometidos a muy variados riesgos como son el riesgo mecánico, eléctrico, térmico, químico, etc.
- Protección de las vías respiratorias, tiene como misión permitir que el usuario disponga de aire respirable cuando esté expuesto a una atmósfera contaminante y/o cuya concentración de oxígeno sea insuficiente.
- Protectores de la piel
- Protectores del tronco y el abdomen
- Protección total del cuerpo
Requisitos que han de cumplir los EPIs (RD 1407/92 20/11)
Dentro de estos requisitos hay que distinguir, los requisitos generales aplicables a todos ellos, las exigencias complementarias comunes a varios tipos o clases de EPI, y las exigencias específicas de los riesgos que hay que prevenir.
Requisitos Generales aplicables a todos los EPIs:
* Han de ser diseñados ergonómicamente, de tal forma que en las condiciones normales de uso, el usuario puede realizar normalmente la actividad que le exponga al riesgo, y tener una protección de nivel tan elevado como sea posible.
* Habrán de tener grados de protección tan elevados como sea posible y clases de protección adecuadas a los distintos niveles de riesgo.
* No ocasionarán riesgos, ni otros factores de molestia en condiciones normales de uso.
* Serán del material adecuado para que no tenga efectos nocivos sobre la salud e higiene del usuario. Las partes que estén en contacto con el mismo, tendrán una superficie adecuada y libre de asperezas, aristas vivas, etc.
* Ofrecerán las mínimas trabas al usuario para la realización de gestos y adopción de posturas, así como a la percepción de los sentidos.
* Se podrán poner fácilmente en la postura adecuada y mantenerlo así todo el tiempo de utilización con independencia de gestos, posturas y factores ambientales.
* Serán lo más ligeros posible sin perjuicio de su solidez de fabricación.
* Habrá compatibilidad entre los distintos EPIs utilizados al mismo tiempo.
* Se dispondrá de un folleto explicativo del fabricante, que deberá entregar obligatoriamente, en el que además del nombre y dirección del mismo, figurará:
a) Instrucciones de uso, almacenamiento, limpieza, mantenimiento, revisión y desinfección.
b) Rendimientos alcanzados en exámenes técnicos.
c) Accesorios que puede utilizar el EPIs y características de las piezas de repuesto.
d) Clases de protección adecuadas a los diferentes niveles de riesgo y límites de uso.
e) Fecha de caducidad del EPIs.
f) Embalaje adecuado para su transporte.
g) Explicación de las marcas, si las hubiera.
Aqui os dejo una guie EPIs. Guia EPIs
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Genial artículo dedicado a las EPIS, es muy importante que las conozcamos perfectamente para cumplir con toda la seguridad para el empleado. Un saludo.
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